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Título de la noticia Ratificación del protocolo facultativo a la convención de derechos del niño relativo a un procedimiento de comunicaciones

Fecha de publicación de la noticia 06/06/2013 - 00:00

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Resumen de la noticia El pasado 3 de junio, España ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones. Se trata de un instrumento que abre nuevas vías para la protección de los derechos de los niños y niñas.


Contenido de la noticia

 
El 28 de febrero de 2012 España fue uno de los primeros países en firmar este Protocolo. Ahora, y desde la ratificación del 3 de junio, se suma a otros cinco países que ya lo han ratificado. Su entrada en vigor precisa de la ratificación de al menos diez países.

La ratificación de este Protocolo, que fue adoptado por la Asamblea General de NNUU el 19 de diciembre de 2011, constituye un avance histórico en la promoción de los derechos de la infancia ya que no sólo se trata de reafirmar la condición de los niños y las niñas como sujetos de derecho sino que reconoce su competencia para que ellos mismos defiendan sus derechos, según sus aptitudes, directamente ante una instancia internacional.

Hasta el momento, la Convención de Derechos del Niño era el único Tratado Internacional en materia de derechos humanos que contaba con un procedimiento obligatorio de presentación de informes, pero no con un procedimiento de comunicaciones. Este nuevo Protocolo introduce, por primera vez, mecanismos de protección de derechos contemplados en otros instrumentos internacionales en los que España ya es parte, ofreciendo la posibilidad de presentar ante el Comité de Derechos del Niño comunicaciones o quejas individuales referidas a países que hayan firmado el Protocolo siempre y cuando el Estado denunciado haya reconocido la competencia del Comité para examinar estas denuncias.

Se trata de un instrumento procedimental que no implica para los Estados parte la asunción de nuevas obligaciones sustantivas, así como tampoco obligaciones financieras para la Hacienda pública, dado que la labor del Comité se financia con fondos de NNUU y no de los Estados parte en el Protocolo.

La firma por España del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones complementa los mecanismos nacionales y regionales existentes hasta ahora en la materia y es una muestra más del compromiso español en la defensa de los derechos de niños y niñas.
 

Ratificación del protocolo facultativo a la convención de derechos del niño relativo a un procedimiento de comunicaciones

El pasado 3 de junio, España ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones. Se trata de un instrumento que abre nuevas vías para la protección de los derechos de los niños y niñas.

 
El 28 de febrero de 2012 España fue uno de los primeros países en firmar este Protocolo. Ahora, y desde la ratificación del 3 de junio, se suma a otros cinco países que ya lo han ratificado. Su entrada en vigor precisa de la ratificación de al menos diez países.

La ratificación de este Protocolo, que fue adoptado por la Asamblea General de NNUU el 19 de diciembre de 2011, constituye un avance histórico en la promoción de los derechos de la infancia ya que no sólo se trata de reafirmar la condición de los niños y las niñas como sujetos de derecho sino que reconoce su competencia para que ellos mismos defiendan sus derechos, según sus aptitudes, directamente ante una instancia internacional.

Hasta el momento, la Convención de Derechos del Niño era el único Tratado Internacional en materia de derechos humanos que contaba con un procedimiento obligatorio de presentación de informes, pero no con un procedimiento de comunicaciones. Este nuevo Protocolo introduce, por primera vez, mecanismos de protección de derechos contemplados en otros instrumentos internacionales en los que España ya es parte, ofreciendo la posibilidad de presentar ante el Comité de Derechos del Niño comunicaciones o quejas individuales referidas a países que hayan firmado el Protocolo siempre y cuando el Estado denunciado haya reconocido la competencia del Comité para examinar estas denuncias.

Se trata de un instrumento procedimental que no implica para los Estados parte la asunción de nuevas obligaciones sustantivas, así como tampoco obligaciones financieras para la Hacienda pública, dado que la labor del Comité se financia con fondos de NNUU y no de los Estados parte en el Protocolo.

La firma por España del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones complementa los mecanismos nacionales y regionales existentes hasta ahora en la materia y es una muestra más del compromiso español en la defensa de los derechos de niños y niñas.
 

ODS

Objetivo 17: Alianzas para lograr los objetivos

Fecha

06/06/2013 - 00:00

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Fecha de modificación de la página: 22/05/2025

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