Canal del informante AECID

En aplicación de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, la AECID ha establecido un Sistema de información interno que pone a disposición de los ciudadanos el Canal del informante AECID.
FINALIDAD DEL CANAL DEL INFORMANTE
Ser el medio preferente para que cualquier persona pueda informar directamente a la AECID sobre posibles infracciones que se hayan podido cometer en el ámbito de la  AECID, otorgando una protección adecuada a los informantes frente a las represalias y con garantías de confidencialidad.

Este canal es una exigencia de la Ley 2/2023. Permite a la AECID corregir rápidamente las posibles infracciones notificadas.

Informaciones que deben ser reportadas:
 
  • Infracciones del derecho de la UE relacionadas con los actos enumerados en la directiva (UE) 2019/1937, intereses financieros de la UE o el mercado interior.
  • Infracciones penales y administrativas graves que afecten a la Hacienda Pública y Seguridad Social.
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Este canal no acepta informes sobre otras administraciones o entidades públicas.
PREGUNTAS FRECUENTES

¿Dispone la AECID de otras vías de comunicación a disposición de los ciudadanos?

¿Qué diferencia hay entre el Canal del informante y esas otras vías de comunicación de los ciudadanos con la AECID?

¿Cómo se presentan las informaciones de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, en la AECID?

¿Existen otras vías fuera de la AECID para informar de posibles fraudes?

NORMATIVA
- Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción   
​​​​​​​- Resolución, de 26 de octubre de 2023, de la Presidencia de la AECID, por la que se implanta un sistema interno de información y se aprueba su procedimiento de gestión.
Fecha de modificación de la página: 22/05/2025

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