Al Gabinete Técnico corresponden las siguientes funciones (R.D. 1403/2007, Cap. IV, art. 17.9):
Actividades y trabajos de asesoramiento y asistencia inmediata:
Programación operativa, seguimiento y análisis para la mejora de la calidad de la ayuda.
Comunicación, sensibilización y educación para el desarrollo.
Integrada en el Gabinete Técnico se encuentra la Unidad de Planificación, Eficacia y Calidad.