ONGD calificadas
La figura de la “ONGD calificada” sea crea con la Orden AEC/1303/2005, de 27 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones a ONGD. Esta calificación está reservada a aquellas ONGD que, sobre la base de un mínimo de años de antigüedad y experiencia en cooperación al desarrollo, solvencia financiera, transparencia en la rendición de cuentas y medios humanos, superan un proceso de evaluación en el que se valoran un total de sesenta y cinco criterios cualitativos y cuantitativos. La calificación también puede otorgarse con carácter de “especializada” a aquellas ONGD cuya relación anterior con la AECID se haya desarrollado preferentemente en un mismo sector.
El proceso se inicia con la autoevaluación de las propias ONGD, que es posteriormente contrastado por la AECID. Los Manuales de Autoevaluación, disponibles permanentemente en la página web www.aecid.es, son un estímulo para la mejora de las organizaciones que aún no han obtenido la calificación, ya que les permite analizar hasta que punto cumplen los criterios allí establecidos, detectar sus puntos débiles y proponer planes de corrección que las sitúen en condiciones de obtenerla.
Las ONGD calificadas son socios especiales de la AECID en la ejecución de la política de cooperación, con la que comparten el diseño de las intervenciones y suscriben convenios para abordar actuaciones de largo alcance, por su duración y por el volumen de fondos de que disponen.
Correo electrónico de contacto: calificacionongd@aecid.es