El II Plan Director de la Cooperación Española 2005-2008 establecía que la financiación pública a las ONGD estaría vinculada a la coherencia con los objetivos y prioridades de la política española de cooperación internacional, y también fomentaba la colaboración de la administración con las ONGDs en el desarrollo de objetivos compartidos que orienten la actuación de la Cooperación Española. Ese enfoque se ha mantenido en el III Plan Director 2009-2012 y en el nuevo IV Plan Director 2013-2016, en el que la AECID hace suyo el compromiso de revisar y mejorar los sistemas de financiación a ONGD de cara a identificar posibles mejoras y diseño de instrumentos novedosos que respondan de manera eficaz a los retos de la cooperación española plasmados en dicho Plan.
En la actualidad en la AECID hay dos instrumentos de financiación de las ONGD: los convenios y los proyectos. El marco normativo de estos instrumentos es la Orden AEC/2909/2011 de bases reguladoras, de aplicación a las intervenciones a financiar de 2012 en adelante, y para las intervenciones precedentes la orden de bases Orden AEC/1303/2005 dentro del marco general de las subvenciones de cooperación internacional para el desarrollo.
Para consultar cuales han sido las subvenciones concedidas por la AECID a las ONGDs españolas tanto al amparo de esta normativa, como de normativa anterior, está disponible el listado de subvenciones AECID a ONGD 1992-2012 , para tener información más detallada de la financiación de la AECID a las ONGDs en los últimos años hay informes específicos de los años 2007 a 2012.
Para dudas específicas sobre la normativa que afecta a proyectos en ejecución o finalizados está disponible el siguiente buzón de correo electrónico: convocatorias_ongd@aecid.es
A grandes rasgos estas son las principales características de estos instrumentos de financiación a las ONGD:
PROYECTOS
Sirven para financiar intervenciones tanto de desarrollo, acción humanitaria, como de educación para el desarrollo en España, redes, e investigación y estudios para el desarrollo, presentadas por ONGDs españolas.
Los proyectos deben estar diseñados para la consecución de un único objetivo específico en un único país, dentro de las áreas y sectores priorizados para dicho país en la convocatoria en cuestión. Excepcionalmente los proyectos de redes e investigación y estudios para el desarrollo se pueden planificar en más de un país.
La duración máxima inicial de un proyecto es de 24 meses (prorrogable) y pueden recibir como máximo una ayuda de 900.000 €. Se cursa una única solicitud explicando el proyecto para el que se solicita la subvención y la AECID resuelve en el plazo de 6 meses, haciendo un pago anticipado a la
CONVENIOS
Sirven para financiar intervenciones de
Los convenios son intervenciones ambiciosas con varios objetivos específicos en uno o varios países y responden a un procedimiento de negociación y estrategias comunes de la
El procedimiento de solicitud y aprobación de un convenio es largo. Primero se hace una selección de las mejores propuestas y si la intervención es seleccionada, las




